DECRETO 2753 de 2006
por el cual se modifica la planta de personal de la Empresa Colombiana de Vías Férreas, Ferrovías en Liquidación.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 2753
- Año
- 2006
- Entidad
- MINISTERIO DE TRANSPORTE
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales en especial las que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que el honorable Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo-Sección Segunda, Subsección "A", revocó la sentencia de primera instancia proferida por el Tribunal de Cundinamarca y ordenó a la Empresa Colombina de Vías Férreas, Ferrovías en Liquidación, el reintegro de un ex funcionario que ocupaba el cargo de Jefe División Código 2040 Grado 27, al mismo empleo que tenía en el momento de su desvinculación o en su defecto a otro de igual o de superior jerarquía;
Que en la planta de personal actual de la Empresa Colombiana de Vías Férreas, Ferrovías en Liquidación, establecida mediante Decreto 1917 de 1995, no existen cargos vacantes para reintegrar al funcionario, por lo que para dar cumplimiento al fallo judicial se hace necesaria su creación;
Que la Empresa Colombiana de Vías Férreas, Ferrovías en liquidación, presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública la justificación técnica de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, obteniendo el concepto técnico favorable de ese departamento;
Que la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público expidió la respectiva viabilidad presupuestal;
Que la Empresa Colombiana de Vías Férreas, Férreas, certifica que con la supresión de los empleos no se afecta la ejecución de las labores propias de la liquidación;
Que de conformidad con el Decreto 83 de 2005, el Liquidador de la Empresa Colombiana de Vías Férreas, Ferrovías en liquidación, es el órgano de Dirección de la entidad, por lo tanto es la autoridad competente para someter a la aprobación del Gobierno Nacional la modificación de la planta de personal,
DECRETA:
Artículo 1º.
Suprímense de la planta de personal de la Empresa Colombiana de Vías Férreas, Ferrovías en Liquidación, los siguientes cargos: Nº de empleos
Dependencia y denominación del empleo Código Grado 1 (uno) Vicepresidente de Empresa Industrial y Comercial 0040 23 1 (uno) Jefe de oficina Asesora Jurídica 1045 13 1 (uno) Director Regional 2035 26
Artículo 2º.
Suprímense de la planta de personal de la Empresa Colombiana de Vías Férreas, Ferrovías en Liquidación, seis (6) cargos de trabajadores oficiales.
Artículo 3º.
Créase en la planta de personal la Empresa Colombiana de Vías Férreas, Ferrovías, en liquidación el siguiente cargo: Nº de cargos
Denominación del cargo Código Grado DESPACHO PRESIDENTE 1 (uno) Asesor 1020 13
Artículo 4º.
El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, deroga el Decreto 1782 de 2006 y modifica en lo pertinente los Decreto 1917 de 1995 y demás disposiciones que le sean contrarias. Afecta la vigencia de: Deroga DECRETO 1782 de 2006 Modifica en lo pertinente DECRETO 1917 de 1995 Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 14 de agosto de 2006.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Alberto Carrasquilla Barrera.
El Ministro de Transporte, Andrés Uriel Gallego Henao.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, Fernando Grillo Rubiano.
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