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Concepto CJA10351998 de 1998

Concepto 1035 de 1998 Secretaría de Educación del Distrito - SED

Tipo
Concepto
Número
CJA10351998
Año
1998
Fecha
23 de febrero de 1998
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

(CÓDIGO CJA10351998) FUNCIONARIOS PÚBLICOS - LICENCIA ORDINARIA.- El Coordinador General Jurídico de la Secretaría de Educación de la Alcaldía Mayor, mediante oficio No. 370-855 del 23 de febrero de 1998, conceptuó: ........................................................................................... El artículo 62 del Decreto Ley 2777/79, conocido como Estatuto Docente, dispone que el docente se encuentra en licencia cuando transitoriamente se separa del ejercicio de su cargo por solicitud propia, por enfermedad o por maternidad. Si la licencia se concede a petición del empleado se le llama ordinaria y no es remunerada. Al tenor de lo dispuesto en los artículos 19 del Decreto 2400 de 1968 y 67 del Decreto 1950 de 1973, durante el tiempo de la licencia ordinaria, el servidor oficial transitoriamente separado de su cargo tiene prohibido desempeñar otros cargos dentro de la administración pública. Esta restricción se refiere tanto a los funcionarios de orden nacional como a los de los departamentos, municipios y distritos, cualquiera sea la forma en que son provistos. Si el funcionario en licencia toma posesión de otro cargo así este sea de los desempeñados por trabajadores oficiales mediante contrato individual de trabajo, incurre en falta disciplinaria. Tampoco se permite al funcionario en uso de licencia celebrar contratos administrativos de prestación de servicios con la Nación y sus entidades descentralizadas. CONCLUSIÓN: El servidor público en uso de licencia ordinaria, está separado transitoriamente del servicio activo, pero en todo evento conserva su carácter de empleado público........................................................................................... Firma DORA CECILIA MÁRQUEZ VENEGAS.

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