DECRETO 2728 de 2013
por el cual se modifica la planta de personal de la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones).
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 2728
- Año
- 2013
- Entidad
- MINISTERIO DEL TRABAJO
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que el Gobierno Nacional mediante el Decreto 4938 de 2011 aprobó la planta de personal de la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones) determinando el número de trabajadores oficiales al servicio de la entidad.
Que la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones) presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública la justificación técnica de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 228 del Decreto Extraordinario 19 de 2012 y los artículos 95 a 97 del Decreto 1227 de 2005, para efectos de modificar su planta de personal, la cual obtuvo concepto favorable de ese Departamento Administrativo.
Que el artículo 20 del Decreto 604 de 2013 señala que los: "Costos de Administración. Para garantizar la sostenibilidad del mecanismo BEPS, Colpensiones establecerá un régimen de administración del Fondo, cuyos costos serán cubiertos por el Presupuesto General de la Nación, previa autorización por parte de la Superintendencia Financiera de Colombia. En ningún caso serán asumidos por los beneficiarios del mecanismo."
Que la Junta Directiva de la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones), mediante Actas número 052 del 25 de julio, 057 del 22 de octubre, 058 del 24 de octubre y 059 del 1° de noviembre de 2013, decidió someter a la aprobación del Gobierno Nacional la modificación de la planta de personal,
DECRETA:
Artículo 1°.
Apruébese la ampliación de la planta de personal de la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones) en ciento cuarenta y nueve (149) Trabajadores Oficiales. Los costos de ciento nueve (109) cargos serán cubiertos con recursos del presupuesto del Ministerio del Trabajo - Gestión del Servicio Social Complementario de Beneficios Económicos Periódicos (BEPS), de conformidad con lo establecido en el Decreto 604 de 2013, de los cuales serán provistos 37 en la presente vigencia fiscal y los demás serán provistos previa autorización del Gobierno Nacional.
Artículo 2°.
Fíjese en mil doscientos sesenta y ocho (1.268) el número de trabajadores oficiales al servicio de la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones).
Artículo 3°.
El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, modifica el artículo 2° del Decreto 4938 de 2011 y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
Afecta la vigencia de: Modifica Artículo 2 DECRETO 4938 de 2011 Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 23 de noviembre de 2013.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Mauricio Cárdenas Santamaría.
El Ministro del Trabajo, Rafael Pardo Rueda.
La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública, Elizabeth Rodríguez Taylor.
¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.
Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.
Preguntar al asistenteSi ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.
También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.
Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.