DECRETO 2700 de 2008
por el cual se modifica el Decreto 210 de 2003.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 2700
- Año
- 2008
- Entidad
- MINISTERIO DE COMERCIO INDUSTRIA Y TURISMO
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 54 de la Ley 489 de 1998,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 71 de la Ley 1151 de 2007, adscribió a la unidad Administrativa Especial Junta Central de Contadores y el Consejo Técnico de la Contaduría Pública; al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo,
DECRETA:
Artículo 1º.
Modifícase el artículo 4º del Decreto 210 de 2003, el cual quedará así:
"Artículo 4º. Integración del Sector Administrativo de Comercio, Industria y Turismo. El Sector Administrativo de Comercio, industria y Turismo está integrado por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y las entidades y organismos adscritos y vinculados que se relacionan a continuación:
ENTIDADES Y ORGANISMOS ADSCRITOS:
1. Superintendencia de Sociedades.
2. Superintendencia de industria y Comercio.
3. Unidad Administrativa Especial Junta Central de Contadores.
4. Consejo Técnico de la Contaduría Pública.
ENTIDADES VINCULADAS:
1. Artesanías de Colombia S. A.
2. Fondo de Garantías S.A., FNG.
3. instituto de Fomento industrial, IFI, en liquidación.
4. Banco de Comercio Exterior S. A., Bancoldex".
Afecta la vigencia de: Modifica Artículo 4 DECRETO 210 de 2003
Artículo 2º.
Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica el artículo 4º del Decreto 210 de 2003.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 23 de julio de 2008.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Oscar Iván Zuluaga Escobar.
El Ministro de Comercio, industria y Turismo, Luis Guillermo Plata Páez.
El Director Departamento Administrativo de la Función Pública, Fernando Antonio Grillo Rubiano.
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