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DECRETO 2674 de 1993

Por el cual se reglamenta la Ley 34 de 1993 en materia de refinanciación de la deuda de los cafeteros.

Tipo
DECRETO
Número
2674
Año
1993
Entidad
MINISTERIO DE AGRICULTURA
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones legales, y en especial las que le confiere la Ley 34 de 1993,

DECRETA:

Artículo primero.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2o., de la Ley 34 de 1993, destínase una suma adicional de diez mil millones de pesos ($10.000.000.000.oo) M/CTE, para que el Fondo para el Financiamiento del Sector Agropecuario - Finagro, redescuente refinanciaciones de créditos concedidos a productores de café, enmarcadas dentro de los propósitos y con las condiciones establecidas en el Decreto 233 del 3 de febrero de 1993.

Artículo segundo.

Los recursos destinados a las refinanciaciones de que trata este decreto, provendrán del saldo no utilizado hasta el 30 de septiembre de 1993, de los fondos entregados a Finagro para redescontar las refinanciaciones previstas en el Decreto 433 del 5 de marzo de 1993.

Artículo tercero.

El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Cartagena de Indias a los 29 días de diciembre de 1993.

CESAR GAVIRIA TRUJILLO.

Ministro de Hacienda y Crédito Público, Rudolf Hommes Rodríguez.

Ministro de Agricultura, José Antonio Ocampo Gaviria.

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