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DECRETO 2667 de 1993

Por el cual se modifica la Planta de Personal del Ministerio de Salud.

Tipo
DECRETO
Número
2667
Año
1993
Entidad
MINISTERIO DE SALUD
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la Rep·blica de Colombia, en ejercicio de las atribuciones conferidas en el numeral 14 del artÝculo 189 de la Constituci¾n PolÝtica de Colombia,á áá

DECRETA:

á áá

Artículo 1o.

SuprÝmense los siguientes cargos de la Planta de Personal del Ministerio de Salud, fijada mediante Decreto 1954 del 24 de septiembre de 1993:á áá PLANTA GLOBAL á UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE CAMPAÐAS DIRECTAS á Empleos á Cargo á C¾digo á Grado á 71 (setenta y uno)á Auxiliar TÚcnicoá 4110á 03á 151 (ciento cincuenta y uno)á Operario Calificadoá 6000á 05á 73 (setenta y tres)á Operario Calificadoá 6000á 07á 13 (trece)á Operario Calificadoá 6000á 08á 281 (doscientos ochenta y uno)á Ayudanteá 6025á 03á 9 (nueve)á Operarioá 6030á 01á 386 (trescientos ochenta y seis)á Operarioá 6030á 03á 113 (ciento trece)á Operarioá 6030á 05á áá

Artículo 2o.

CrÚanse los siguientes cargos en la planta de personal del Ministerio de Salud, fijada mediante el Decreto 1954 del 24 de septiembre de 1993.á áá PLANTA GLOBAL á UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE CAMPAÐAS DIRECTAS á Empleos á Cargo á C¾digo á Grado á 14(catorce)á TÚcnico operativoá 4080á 09á 142 (ciento cuarenta y dos)á Auxiliar de TÚcnicoá 4110á 05á 1 (uno)á Conductor Mecßnicoá 6010á 10á 625 (seiscientos veinticinco)á Ayudanteá 6025á 06á 315 (trescientos quince)á Ayudanteá 6025á 05á áá

Artículo 3o.

El Ministro de Salud mediante acto administrativo, distribuirß los cargos de la planta de personal de conformidad con la estructura, la naturaleza de las funciones, las necesidades del servicio y los planes y programas de la entidad.á áá

Artículo 4o.

Las incorporaciones a la Planta de Personal, asÝ como la posesi¾n en el nuevo cargo, deberßn realizarse en el plazo de treinta (30) dÝas, contados a partir de la fecha de publicaci¾n del presente Decreto.á áá
Parágrafo.
Los funcionarios que sean incorporados como consecuencia del presente Decreto, devengarßn el salario del nuevo cargo a partir del dÝa que tomen posesi¾n de Úste.á áá

Artículo 5o.

La provisi¾n de los cargos de la planta de personal fijada por el presente Decreto, estß sujeta a las apropiaciones presupuestales vigentes.á áá

Artículo 6o.

El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicaci¾n y deroga en lo pertinente el Decreto 1954 del 24 de septiembre de 1993.á áá Afecta la vigencia de: Deroga en lo pertinenteáá DECRETO 1954 de 1993 PublÝquese y c·mplase.á áá Dado en Cartagena de Indias a los 29 de diciembre de 1993.á áá CESAR GAVIRIA TRUJILLO á áá Ministro de Hacienda y CrÚdito P·blico;á áá Rudolf Hommes RodrÝguez. á áá Ministro de Salud,á áá Juan Luis Londo±o de la Cuesta. á áá Subdirector del Departamento Administrativo de la Funci¾n P·blica, encargado de las funciones del Despacho del Director del Departamento Administrativo de la Funci¾n P·blica,á áá Jorge EliÚcer Sabas Bedoya. á

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