DECRETO 2654 de 1991
por el cual se aprueba una resolución.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 2654
- Año
- 1991
- Entidad
- MINISTERIO DE DESARROLLO ECONOMICO
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades legales y en especial de las que le confiere el artículo 287 del Código de Comercio,
DECRETA:
Artículo 1ş Apruébase la Resolución número 09812 del 7 de noviembre de 1991, originaria de la Superintendencia de Sociedades, cuyo texto es el siguiente:
<<RESOLUCION NUMERO 09812 DE 1991 (noviembre 7) por la cual se fija el monto de la contribución que deben pagar las sociedades sometidas a su inspección y vigilancia.
El Superintendente de Sociedades, en uso de sus atribuciones legales y en especial de las contempladas por el artículo 287 del Código de Comercio,
RESUELVE:
Artículo 1ş La contribución que deberán pagar las sociedades sometidas a la inspección y vigilancia de la Superintendencia de Sociedades, se fija en la cantidad de cincuenta centavos ($ 0.50) por cada mil pesos ($ 1.000.00) de activo.
Artículo 2ş. Durante el período de trámite de concordato preventivo obligatorio o de liquidación, las sociedades vigiladas sólo pagarán treinta centavos ($ 0.30) por cada mil pesos ($ 1.000.00) de activo.
Artículo 3ş. Esta Resolución requiere para su validez la aprobación del seńor Presidente de la República y regirá a partir del 1ş de enero de 1992.
Cúmplase.
Dada en Santafe de Bogotá, D. C., a...
El Superintendente de Sociedades, (Fdo.) Carlos Gonzalez Vargas.
EL Secretario General, (Fdo.) German Medina Franco.
Artículo 2ş El presente Decreto rige a partir del 1ş de enero de 1992 y deroga las normas que le sean contrarias.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 26 de noviembre de 1991.
CESAR GAVIRIA TRUJILLO El Ministro de Desarrollo Económico, Jorge Ospina Sardi.
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