DECRETO 2651 de 1993
Por el cual se aprueba el Acuerdo número 214 del 22 de diciembre de 1993, de la Junta Directiva del Icfes, que suprime unos cargos y se establece la planta de personal del Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior, Icfes.
- Tipo
- DECRETO
- Número
- 2651
- Año
- 1993
- Entidad
- MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
- Fuente
- Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)
Texto completo
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales,
DECRETA:
Artículo 1o.
Aprobar el Acuerdo número 214 del 22 de diciembre de 1993, de la Junta Directiva del Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior, Icfes, cuyo texto es el siguiente:
ACUERDO NUMERO 214 DE 1993 (diciembre 22)
Por el cual se suprimen unos cargos y se establece la planta de personal del Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior, Icfes.
La Junta Directiva del Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior, Icfes, en uso de sus atribuciones legales y estatutarias, en especial de las que le confiere el numeral 5 del artículo 6° del Decreto 1211 de 1993,
ACUERDA:
Artículo primero.
Suprimir los siguientes cargos de la planta de personal del Icfes, establecida mediante acuerdos 294 del 13 de diciembre de 1984, y modificada por los Acuerdos 230 del 11 de diciembre de 1986, 178 del 22 de octubre de 1987 y 202 del 17 de septiembre de 1992:
Número de cargos Dependencia y denominación del Cargo Código Grado Oficina de Coordinación Internacional y Convalidación de Títulos 1 (uno) Profesional Universitario 3020 4 Subdirección Jurídica División de Evaluación Jurídica 1 (uno) Auxiliar Administrativo 5120 9 División de Asesoría Institucional 1 (uno) Profesional Universitario 3020 4 División de Asesoría Interna 1 (uno) Auxiliar Administrativo 5120 9 Secretaría General División de Procesos Editoriales 1 (uno) Secretario 5140 10 2 (dos) Auxiliar Administrativo 5120 9 4 (cuatro) Auxiliar Administrativo 5120 9 3 (tres) Operario Calificado 6000 7 I (uno) Operario Calificado 6000 7 División Administrativa y Financiera Sección Presupuesto y Contabilidad 1 (uno) Jefe de Grupo 2085 4 1 (uno) Profesional Universitario 3020 6 1 (uno) Técnico Administrativo 4065 9 1 (uno) Auxiliar Administrativo 5120 11 1 (uno) Secretario 5140 10 Sección de Tesorería 1 (uno) Técnico en Presupuesto 4035 10 1 (uno) Auxiliar de Servicios Generales 6035 5 Sección de Servicios Generales 1 (uno) Supervisor 5105 12 1 (uno) Secretario 5140 10 2 (dos) Auxiliar Administrativo 5120 9 1 (uno) Operario Calificado 6000 8 1 (uno) Operario Calificado 6000 7 15 (quince) Auxiliar de servicios Generales 6035 5 División de Personal 1 (uno) Coordinador 5005 15 1 (uno) Secretario Ejecutivo 5040 11 1 (uno) Técnico Administrativo 4065 7 División de Sistemas e Informática Sección de Análisis y Programación 1 (uno) Analista de Sistemas 4005 15 1 (uno) Operador de Equipo de Sistemas 4100 6 1 (uno) Secretario 5140 8 Sección de Archivo, Microfilmación y Duplicación 1 (uno) Jefe de Sección 2075 6 2 (dos) Auxiliar Administrativo 5120 11 1 (uno) Auxiliar Administrativo 5120 9 1 (uno) Operario Calificado 6000 7 Subdirección Académica 2 (dos) Secretario 5140 10 División de Formación Avanzada 1 (uno) Profesional Especializado 3010 10 1 (uno) Secretario 5140 10 División de Formación Universitaria 2 (dos) Profesional Especializado 3010 10 2 (dos) Secretario 5140 10 1 (uno) Auxiliar Administrativo 5120 9 División de Formación Tecnológica 3 (tres) Profesional Especializado 3010 10 División de Formación Intermedia Profesional 1 (uno) Profesional Especializado 3010 10 2 (dos) Secretario 5140 10 Subdirección de Fomento División de Fomento Investigativo 1 (uno) Profesional Especializado 3010 10 División de Educación a distancia y Tecnológica Educativa 1 (uno) Profesional Especializado 3010 9 1 (uno) Profesional Universitario 3020 3 1 (uno) Auxiliar Administrativo 5120 9 1 (uno) Secretario 5140 8 División de Información y Documentación para la Educación Superior 1 (uno) Profesional Especializado 3010 10 Tres(3) Profesional Especializado 3010 9 2 (dos) Profesional Universitario 3020 4 1 (uno) Asistente Administrativo 4140 10 1 (uno) Auxiliar Administrativo 5120 11 2 (dos) Secretario 5140 10 3 (tres) Auxiliar Administrativo 5120 9 1 (uno) Operario Calificado 6000 7 División de Asistencia Administrativa 4 (cuatro) Profesional Especializado 3010 10 1 (uno) Secretario 5140 10 Subdirección de Planeación División de Análisis e Información Estadística 1 (uno) Profesional Universitario 3020 6 1 (uno) Dibujante 4095 6 División de Planeación Académica 2 (dos) Profesional Especializado 3010 10 1 (uno) Profesional Especializado 3010 9 1 (uno) Secretario 5140 10 División de Planeación Económico-Financiera 1 (uno) Profesional Universitario 3020 6 División de Planeación Física y Equipos 1 (uno) Profesional Especializado 3010 10 1 (uno) Profesional Especializado 3010 9 1 (uno) Secretario 5140 10 Unidad Administrativa Especial del Servicio Nacional de Pruebas Sección de Investigación 1 (uno) Jefe de Sección 2075 6 Sección de Diseńo 1 (uno) Secretario 5140 10 División de Administración de Pruebas (uno) Asistente Administrativo 4140 10 (uno) Técnico Operativo 4080 7 (uno) Auxiliar Administrativo 5120 11 (uno) Secretario 5140 10 (tres) Auxiliar Administrativo 5120 9 Sección de Exámenes (uno) Jefe de Sección 2075 6 (seis) Auxiliar Administrativo 5120 9 (uno) Auxiliar Administrativo 5120 11 Sección de Certificaciones y Diplomas (uno) Jefe de Sección 2075 2 (uno) Secretario 5140 10 (uno) Auxiliar Administrativo 5120 9
Artículo 2o.
Las funciones propias del Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior, Icfes, serán cumplidas por la planta de personal que a continuación se establece:
Número de cargos Dependencia y denominación del Cargo Código Grado Despacho del Director 1 (uno) Director General del establecimiento público 15 8 7 (siete) Asesor 1020 4 1 (uno) Profesional Especializado 3010 14 1 (uno) Secretario Ejecutivo 5040 18 1 (uno) Secretario Ejecutivo 5040 13 1 (uno) Conductor Mecánico 6010 9 PLANTA GLOBAL 1 (uno) Secretario General de entidad descentralizada 37 9 6 (seis) Subdirector General de establecimiento público 40 9 16 (dieciséis) Asesor 1020 2 2 (dos) Asesor 1020 3 10 (diez) Jefe de División 2040 15 3 (tres) Jefe de Oficina 2045 18 14 (catorce) Profesional Especializado 3010 10 15 (quince) Profesional Especializado 3010 12 36 (treinta y seis) Profesional Especializado 3010 14 7 (siete) Profesional Especializado 3010 15 17 (diecisiete) Profesional Universitario 3020 5 16 (dieciséis) Profesional Universitario 3020 8 3 (tres) Analista de Sistemas 4005 16 2 (dos) Técnico Administrativo 4065 7 3 (tres) Técnico Administrativo 4065 8 3 (tres) Técnico Administrativo 4065 9 21 (veintiuno) Técnico Administrativo 4065 11 7 (siete) Técnico Administrativo 4065 12 2 (dos) Técnico Operativo 4080 11 18 (dieciocho) Secretario Ejecutivo 5040 11 13 (trece) Secretario Ejecutivo 5040 13 I (uno) Secretario Ejecutivo 5040 18 I (uno) Auxiliar Administrativo 5120 10 29(veintinueve) Auxiliar Administrativo 5120 11 2 (dos) Auxiliar Administrativo 5120 12 7 (siete) Auxiliar Administrativo 5120 9 2 (dos) Operario Calificado 6000 8 3 (tres) Operario Calificado 6000 9 9 (nueve) Conductor Mecánico 6010 8
Artículo tercero.
Los funcionarios que se incorporen como consecuencia de la reestructuración del Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior, Icfes, devengarán el salario que les correspondía en la anterior planta de personal hasta el día que tomen posesión del cargo en la nueva planta que se adopta en el artículo 2° del presente Acuerdo.
Parágrafo. La incorporación de los funcionarios en la nueva planta de personal, así como la posesión de los mismos en la nueva planta de personal, deberá realizarse a más tardar dentro de los quince (15) días siguientes a la fecha de publicación del Decreto que aprueba la planta de personal.
Artículo cuarto.
La provisión de cargos de que trata el artículo 1° del presente Acuerdo, se efectuará sin exceder el monto de la apropiación prevista para servicios personales en el presupuesto del Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior, Icfes.
Artículo quinto.
Los funcionarios que se encuentren vinculados en los cargos relacionados en el artículo 1° del presente Acuerdo, inscritos en el escalafón de la carrera administrativa, tendrán derecho a percibir la indemnización de que habla el artículo 8ş de la Ley 27 de 1992 y su Decreto Reglamentario 1223 de 1993.
Artículo sexto.
El presente Acuerdo requiere de la aprobación por parte del Gobierno Nacional, rige a partir de la fecha de publicación del Decreto respectivo y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial el Acuerdo 294 del 13 de diciembre de 1984, 230 del 11 de diciembre de 1986, 178 del 22 de octubre de 1987 y 202 del 17 de septiembre de 1992.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a los veintinueve (29) días de diciembre de mil novecientos noventa y tres (1993).
(Fdo.) Antonio José Lizarazo Ocampo, Presidente; (Fdo.) Próspero José Posada Mier, Secretario.
TEXTO CORRESPONDIENTE A Aclarado Artículo 1 DECRETO 668 de 1997
Artículo 2o.
El presente Decreto rige a partir de la fecha de publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial los Decretos números 3141 del 28 de octubre de 1985, 0649 del 9 de abril de 1987, 2497 del 29 de diciembre de 1987 y 955 del 27 de mayo de 1993.
Afecta la vigencia de: Deroga DECRETO 649 de 1987 Deroga DECRETO 955 de 1993 Deroga DECRETO 3141 de 1985 Deroga DECRETO 2497 de 1987 Publíquese y cúmplase.
Dado en Cartagena de Indias a los veintinueve (29) de diciembre de mil novecientos noventa y tres (1993).
CESAR GAVIRIA TRUJILLO El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Rudolf Hommes Rodríguez.
La Ministra de Educación Nacional, Maruja Pachón de Villamizar.
El Subdirector del Departamento Administrativo de la Función Pública, encargado de las funciones del despacho del despacho del Director del Departamento Administrativo de la Función Pública.
Jorge Eliécer Sabas Bedoya.
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